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EL CHAT EN INTERNET COMO INTERACCIÓN SOCIAL

 

¿CÓMO FUNCIONA?

 

  pchc@chile.com


 

 

   

            En 1999 en Temuco, Chile, estudiar el chateo como una nueva forma de interacción social llegó a ser considerado como un juego ocioso sin importancia analítica en amplios sectores intelectuales y universitarios.   Estábamos  habituados a considerar la interacción humana desde un inicio presencial físico directo, mirándonos a los ojos, oliéndonos, palpándonos, escuchándonos, haciendo uso de nuestros sentidos más  básicos de percepción.  Evidentemente después la relación interactuante podía sostenerse a través de los medios de comunicación requeridos como el teléfono, las cartas, fax, telegrama, etc.

 

                Pero internet ya estaba silenciosamente estableciéndose como un sustituto interaccional cada vez más frecuente de uso y acceso para la población chilena y mundial. 

 

Hoy existe una gran mayoría que conoce este medio de comunicación, y a pocos les sorprende que se tengan amistades de distintos puntos del planeta sin haber viajado jamás fuera del país, sino a través de la navegación virtual.

 

La televisión, a través de pesquisas periodísticas, han dado cuenta al ciudadano  común de los peligros que esta inmediatez comunicacional puede acarrear para la seguridad física y emocional de las personas, especialmente niños y jóvenes, si no hay un adecuado establecimiento de normas conductuales y de cuidado al establecer relaciones sociales por este medio.  Muchos navegantes de internet, mayoritariamente varones con algún tipo de discapacidad social, propician encuentros personales con sus ciberamistades buscando acceder generalmente  a peligrosos juegos sexuales.  Igualmente se han conocido casos de encuentros amorosos que han terminado en homicidios que pudieron perfectamente evitarse si se hubiera conocido del riesgo de embarcarse en juegos ocultistas o de competencia psicótica.

 

Este sistema constituye posiblemente la ventana tecnológica más importante que el ser humano actualmente posea para conocer.  No basta, por lo mismo, sólo saber manejar el computador  y acceder a las páginas menos riesgosas para nuestros hijos, sino que es necesario interiorizarnos en los conceptos analíticos que hacen de internet el sistema de comunicaciones y de información creado por el hombre más paradojal de todos.

 

 

          

 

¿SUBCULTURA DE LA VEJEZ?

 

La socióloga Regina Obreque (2006), indica que:

“la participación social en Chile sufre un gran cambio a lo que fue décadas atrás. Desde los años 90’, se comienza a identificar la participación moderna con modelos de organizaciones más “personales” …, que acogen la carencia que dejaba el clásico apostolado de la llamada política emancipatoria. La política de vida es el modelo organizacional que esta guiando la participación social en clubes de las personas mayores en nuestro país.”

El nuevo estilo de vida de los adultos mayores en clubes, implica un nuevo rol con sus pares. Así la solidaridad con su grupo de edad se perfila desde la consolidación de su individualidad y los cambios generados en relación a la participación con los otros, como una misión personal.

Obreque Morales (2006) señala que esta manifestación de radical politicidad en la participación de los adultos mayores en los clubes y su reconocimiento como persona, deviene un particular sujeto social, el ‘adulto mayor’ y, por tanto, su ‘conversión’ en sujeto de derecho, es provocada en la autoidentidad de las personas mayores de su condición de personas con derechos y deberes. Plantea Obreque que “La peculiaridad de la participación en los clubes de adulto mayor, reside en que la pertenencia a ellos ocurre desde el reconocimiento de quienes los integran de su condición de personas adultas mayores, lo que adquiere una relevancia especial por cuanto se han convertido en un actor legítimo en la conquista de espacios sociales, resignificando en este proceso asociativo, el fenómeno participativo que provoca la compleja conversión en sujeto de derecho”.

 

La complejidad de los cambios sociales y culturales que se procesan con el desarrollo de la tecnología y la ciencia, ha acarreado como resultado que la población del país, en referencia a Chile propiamente tal, aumente en su promedio de vida y disminuya igualmente su tasa de natalidad; de esta manera existe una tendencia reconocida al llamado envejecimiento de la población nacional.   De esta manera, igualmente porque la comunicación global obliga a un intercambio más expedito de soluciones a los derechos a las personas con riesgo de vulnerabilidad, como la tercera Edad, es que se plantea que existe una relación de reciprocidad entre los derechos humanos y las políticas de protección social, orientadas a las personas de mayor edad.

 

Las personas mayores se benefician del desarrollo en su calidad de ‘sujetos de derecho’, donde la aplicabilidad de una política social es posible expresarla desde el aparato público, en cuanto se refiere a temas notoriamente sensibles en el ámbito social de la agenda pública y la agenda de gobierno, ambas necesariamente conectadas en esta “sensibilidad social”.

 

Las posturas teóricas planteadas han tenido un aporte en la conectividad de la lectura de una realidad de envejecimiento de la población nacional, en donde el estado y todo el engranaje público social y privado, en convivencia necesaria con el mercado (llámese Ahorros Previsionales privados o públicos, Seguros de Vida, mercado de la medicina, entretención, etc.) consideran como público consumidor a la importante población envejecida que hasta hace pocas décadas atrás no constituía necesariamente preocupación de la mercadotecnia.

 

Chacón Calderón (2010) plantea que “hasta el penúltimo censo nacional en Chile se puede decir que la ancianidad era problema del mundo privado, o familiar, y llegar a etapas de mayor edad concurría en tipos de discriminación tan arraigadas y parceladoras para el sujeto que se invisibilizada el problema de desadaptación familiar que se estaba produciendo en los grupos familiares de la sociedad chilena, en que el anciano, estereotipado como inservible, sobrable, servía para el cuidado y crianza de los nietos o formaba parte de una molestia familiar que se debía compartir entre los hijos… La continua reconstitución de los grupos familiares superaba con creces la lectura conservadora de la familia nuclear, y se producía el concepto subrepticio de desechable para la ancianidad.

 

Ser viejo, indica Chacón Calderón, pasaba a formar parte de la inutilización e invisibilización de las capacidades y potencialidades de la persona mayor; el conocimiento y la experiencia (sabiduría) no eran cuantificables económicamente, no era rentable para el sistema social cada vez más exigente con la población más joven, de mayor consumo mercantilista. Esto, hasta que ocurre el proceso de que el mismo mercado, los gobiernos de turno y las Ciencias Sociales, comienzan a detectar la realidad ineludible del envejecimiento poblacional y, por tanto, una fuente de generación de intercambio económico que no había sido procesado. Se traen copias de políticas internacionales y se readaptan a la realidad chilena.

 

Hoy, indica Chacón Calderón, el carácter de sujeto de derecho que se reconoce a las personas de mayor edad, en Chile, tiene su momento crucial en la creación del Servicio Nacional del Adulto Mayor SENAMA. Por medio de la promulgación de la Ley Nº 19.82812, órgano que es creado con la misión de coordinar e impulsar la oferta pública de política social para las personas de más edad.

 

La lectura local de las propuestas sociales en el plano institucional de la intervención a favor de las personas de más edad, se potencia en el espacio local, con la conformación de los Programas Municipales del Adulto Mayor, sumado a la implementación de la política social gubernamental, a través del Servicio Nacional del Adulto Mayor SENAMA.

 

Cada sociedad tiene un sentido de responsabilidad con sus ancianos, que fundamenta las oportunidades que los y las adultas mayores tengan para desempeñar roles valiosos. Resulta fundamental poner atención en las condiciones que les permiten sentirse integrados, de modo que no sean restringidos en su participación social. De esta forma la educación en torno a estilos de vida saludables, desde el punto de vista ocupacional, el mantenimiento de capacidades, incluida aquellas para relacionarse con otros, resultan de interés estratégico para definir la forma de vivir de los adultos mayores de forma independiente.

 

La inclusión social de la Tercera Edad conlleva a la mantención de la autonomía personal, y considera proveer medidas que conserven y mejoren funciones específicas (físicas, sensoriales y mentales), de ayudas técnicas (dispositivos que favorecen y apoyan) y adecuaciones de los espacios en los cuales estos residen o se desplazan, lo cual abarca a los espacios públicos y arquitectónicos, en razón del deterioro o desgaste propio del organismo con los años.

 

Es más, existen factores de diferenciación social en la vejez en que los adultos mayores compartirían la suerte de otros grupos en desventaja, como: mujeres, niños, indígenas, grupos culturales, personas en situación de pobreza, discapacitados, migrantes, refugiados, etc., con un reconocimiento de su calidad de derechos específicos o particulares; es decir, la diversidad de expresiones culturales humanas manifiesta que, los ideales de igualdad, libertad y fraternidad, se pueden conjugar con la heterogénea configuración de sujetos de derechos, en las sociedades presentes.

 


 

         

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR: UN TEMA VIGENTE

 

(Extracto trabajo realizado)

 

 

 

El tema de la Violencia Intrafamiliar abordado por los Tribunales de Familia iba a requerirse necesariamente en nuestro Código Penal.  Necesariamente las instituciones se organizan y reorganizan constantemente de acuerdo a la funcionalidad requerida por los procesos sociales, y de la misma manera lo que se ha ido aplicando hasta ahora, dados los resultados y análisis principalmente desde las Ciencias Sociales, redundarán en nuevos cambios próximos, hasta que las leyes establecidas se acerquen más asertivamente a los requerimientos de los tipos de familia coexistentes en Chile.  Esto, por supuesto, es un indicador manifiesto para cualquier analista de las Ciencias Sociales en todos los países preocupados del núcleo eje de su sociedad, como es la familia, al salvaguardar a la postre lo que denominamos Capital Social, Cultural y Humano.

            De hecho, es evidente que en este fenómeno se manifiestan determinados procesos que suman una especie de niveles de comportamiento que son señales al parecer repetitivas y características en la conducta del agresor así como del (la) agredido(a).  Tan manifiesto suele ser que se hace obvia una realidad de VIF en el lenguaje hablado en declaraciones tan sutiles y aparentemente sin importancia, como el cambio del nombre propio del agresor por el artículo indicativo (por ejemplo: “yo no uso pantalones porque a él no le gusta”; “debo usar sostenes con esponja porque a él no le gusta que se me noten los pezones...”, “salí donde una amiga porque él llegó borracho y me quiere usar [1]” etc.).  En razón de esto es que nos hemos referido a las cuatro fases cíclicas de comportamiento del agresor en el proceso de VIF [2] descritas por Eleonor Walker.

          

Ahora, las mujeres maltratadas de menores recursos económicos son más visibles debido a que buscan ayuda en las entidades estatales. Suelen tener menores inhibiciones para hablar de este problema al que consideran normal. Las mujeres con mayores recursos buscan apoyo en el ámbito privado. Cuanto mayor es el nivel social y educativo de la víctima sus dificultades para develar el problema son mayores por diversas razones.  Sin embargo, hay que tener en cuenta que la carencia de recursos económicos y educativos es un factor de riesgo, ya que implican un mayor aislamiento social. 

            En nuestro país la protección de las víctimas se realiza a  través de la solicitud de las medidas precautorias, tanto al momento de hacer la denuncia o presentar la demanda, como durante todo el juicio. El momento más importante para que la afectada las solicite es durante el comparendo. Además, el juez las puede otorgar aunque que nadie se lo solicite.

Las medidas precautorias son órdenes que dicta el juez para garantizar o asegurar cualquiera de los siguientes derechos en caso que se vean amenazados:

ü       Integridad física y/o psíquica de la familia.

ü       Tranquila convivencia del núcleo familiar.

ü       Subsistencia económica del núcleo familiar.

ü       Integridad del patrimonio del núcleo familiar.

ü       Medidas Precautorias

Las sanciones que establece la Ley dicen relación con que Al final del juicio, el tribunal puede aplicar una de las siguientes sanciones al agresor:

  • Asistencia obligatoria a programas terapéuticos hasta por 6 meses.
  • Multa de 1 a 10 ingresos diarios.
  • Prisión de 1 a 60 días.
  • La multa y la prisión pueden cambiarse a petición del condenado por la realización de trabajos en beneficio de la comunidad.
  • Si el condenado no cumple la sentencia, se debe recurrir al mismo tribunal que conoció de la violencia intrafamiliar, señalando en un escrito el incumplimiento y solicitando su cumplimiento forzado. Se debe solicitar en el plazo máximo de 1 año desde que fue condenado.
  • No corresponde que el tribunal niegue este cumplimiento aunque haya archivado la causa.
  • En caso que el hecho o los hechos en que se fundamente la denuncia o la demanda de origen a un delito, como por ejemplo: Lesiones graves, violación, abusos deshonestos, etc. el Tribunal Civil deberá enviar de inmediato el proceso al Juzgado de Letras en lo criminal competente.
  • El Juez del Crimen tendrá la facultad de decretar las medidas precautorias señaladas anteriormente.
  • El Servicio de Registro Civil e Identificación deberá llevar un registro especial de las personas que hayan sido condenadas por sentencia ejecutoriada como autores de actos de violencia intrafamiliar.[3]

Ahora bien, debemos considerar que frente a los sucesos de los llamados “femicidios”[4], que son los asesinatos de mujeres a manos de convivientes, esposos u otros varones, de alta envergadura para un país como Chile, donde no eran casos tan comunes al menos a nivel del conocimiento público, Amnistía Internacional propone al SERNAM la modificación de la Ley de Violencia Intrafamiliar, en cuanto “se han detectado ciertas falencias que deben corregirse. Por ello, el Equipo de los Derechos Humanos de las Mujeres de Amnistía Internacional propuso las siguientes modificaciones a las autoridades:
• Que el delito de maltrato habitual, contenido en la Ley, reconozca todas las particularidades de la violencia doméstica, de modo que no sea necesario recurrir a otros delitos en los casos más graves.

• Que se le dé seguimiento desde la primera denuncia, tomando en cuenta que normalmente transcurren 5 a 7 años antes que las mujeres denuncien y que esperar la calificación de habitualidad puede tener resultados gravísimos.

• Que se encargue el conocimiento y juzgamiento a una única institución, evitando las descoordinaciones o postergaciones debido a otras causas que se consideran más importantes. Actualmente son competentes los Tribunales de Familia y el Ministerio Público, sin la coordinación necesaria. La institución encargada debe contar con los recursos adecuados para el tratamiento de este grave problema, que afecta a toda la sociedad”. [5]
Debemos consignar que la violencia contra las mujeres ha sido denunciada desde los años 80 en nuestro país por el movimiento de mujeres y feminista, y en particular, por las organizaciones integrantes de la Red Chilena contra la Violencia Doméstica y Sexual que han sostenido acciones y campañas permanentes destinadas a dar visibilidad y generar repudio social a estas prácticas.

            En la descripción de la Violencia Intrafamiliar (VIF), el  “femicidio”[6], aunque no está consignado como concepto dentro de la ley chilena todavía,  es la expresión más extrema de violencia contra las mujeres, como resultado de la descalificación, el hostigamiento y abuso sexual, la violencia física, emocional y simbólica, como formas de poder y control sobre éstas. Factores claves para identificar cuando se trata de un “femicidio” son la relación entre el victimario y la mujer asesinada, los motivos del crimen, y el contexto cultural, los desequilibrios de poder económico, político y social en que ocurren.  Agreguemos que la 
 mitad de los asesinatos de mujeres en Chile son “femicidios”. Son crímenes cometidos la mayoría de las veces por hombres con quienes esas mujeres tuvieron o tenían al momento de morir, relaciones de intimidad y confianza. 

La misma crónica roja describe que los motivos más frecuentes son los celos, el anuncio de la mujer de terminar la relación afectiva o la negativa de la mujer a tener intimidad con el femicida. En Chile el año 2006 fueron asesinadas 51 mujeres en contextos de violencia intrafamiliar; el mayor porcentaje de estos ocurrió en la región metropolitana, sin embargo, la Tercera y Sexta regiones  alcanzan una mayor tasa de acuerdo a la cantidad de habitantes .

A la fecha, los asesinatos de mujeres (“femicidios”) están contenidos en los delitos de homicidio y parricidio, en los que hasta ahora no se ha registrado el sexo de los agresores y las víctimas; esto ha impedido visualizar y cuantificar estos crímenes de género, resultado de las relaciones de poder entre mujeres y hombres.
            Es más, Las estadísticas de Carabineros indican que en 2005 se registraron 82.596 denuncias por VIF contra mujeres. En 2006, el primer año del gobierno de Bachelet, se elevaron a 94.160. Datos de mayo del Ministerio del Interior revelaron que en el primer trimestre de 2007, la tasa de crecimiento de las denuncias por violencia intrafamiliar (5,5%), superó al aumento –3,2%- del total de los delitos de mayor gravedad (robo con violencia, robo con intimidación, robo con fuerza, hurto, lesiones, homicidio, violación) que el mismo período del año pasado.

            En julio de 2001 un estudio del Ministerio de la Mujer (Sernam), daba cuenta de que el 50,3% de las mujeres chilenas había sufrido algún tipo de violencia por parte de sus parejas. Aun así, en junio de 2005, si bien finalmente se aprobó la Ley sobre Violencia Intrafamiliar, 38 senadores -por unanimidad- despacharon un documento que echó por tierra la tipificación del “maltrato habitual a la pareja” como delito. Ello significó que en los tribunales se siguiera castigando la violencia reiterada contra la mujer con multas… Si se creaba ese delito, se debía modificar el Código de Procesamiento Penal, pero los senadores optaron por elevar el grado de las penas y enviar los casos de violencia psicológica a los Tribunales de Familia y los hechos de agresión al Ministerio Público.

El 2006 los “femicidios” se dispararon a 46 (un promedio de 3,8 mensuales). Y en 2007, con 58 asesinatos de mujeres a manos de sus parejas, las alarmas en todos los niveles se encendieron. La Presidenta de la República, Michelle Bachelet el 24 de octubre lanzó una campaña nacional destinada a provocar la reacción ciudadana y poner fin a la indiferencia frente a la violencia que se ejerce públicamente contra las mujeres. En uno de los spots que se transmiten diariamente y en varias tandas por los medios, se escucha a una mujer que desconsolada le confidencia a su madre que su marido la golpea y la insulta frente a sus hijos. La respuesta es “Y qué habrás hecho tú, ¿no lo habrás provocado con tu carácter…? Qué vas a hacer si él asegura la comida y casa de tus hijos…” Si hasta ese momento las denuncias al número 149 -que conecta con un sitio especial en Carabineros- sumaban 1.243, veinte días después llegaron a 2.194.

            La ley chilena adolece de varios problemas que seguramente poco a poco, al paso del tiempo, los análisis y la premura por la vida de las personas, obligue a apurar el paso de las revisiones y aprobaciones correspondientes.  A todo lo que hemos mencionado, constatamos que además nuestra legislación ha permitido que aproximadamente 2 millones de mujeres son en la práctica incapaces por la ley de administrar por sí solas sus bienes. (Los últimos datos oficiales de agosto de 2007 señalan que un 44,8% de las mujeres chilenas está casada).  Esto, por supuesto, igualmente constituye una variante de la VIF, por cuanto obliga a la mujer a depender económicamente, a causa del matrimonio, de su agresor.

            El 5 de marzo del 2006, Chile con la CIDH en Washington se comprometió a dar urgencia al proyecto de ley que deroga la sociedad conyugal como sistema patrimonial y lo reemplaza por uno de comunidad de gananciales otorgando a la mujer y al marido iguales derechos y obligaciones. Sin embargo, el proyecto está congelado desde hace 11 años en el Congreso. Recién la primera semana de agosto 2007 se aprobó en la Comisión de Constitución del Senado. Ese mismo mes el gobierno pidió que se tramitara con urgencia simple y actualmente está en la etapa de “discusión general”, en su segundo trámite constitucional, en la Cámara Alta.

Pero el problema es mayor. Si una mujer profesional desea invertir su patrimonio en acciones, se le exige un certificado de soltería (declaración notarial con dos testigos que lo acrediten). Un trámite que los hombres no conocen. Las mujeres casadas también deben acreditar que han contraído matrimonio con separación de bienes. Exigencia que no se le hace a los hombres.[7]

En la práctica, las mujeres no pueden administrar ni disponer de sus bienes. Y si bien conservan el dominio, no pueden enajenarlos, gravarlos, darlos en arriendo o ceder la tenencia por sí solas. Sólo los maridos pueden administrar sus bienes y los de la sociedad conyugal.

Desde la especialidad de las leyes, Susan Turner Saelzer (Licenciada) [8] plantea que desde el punto de vista del Derecho interno, la creación de los Tribunales de Familia se enmarca dentro de un proceso más amplio de formulación de un nuevo Derecho de Familia. La etapa actual se caracteriza como una etapa de transición, puesto que coexisten ideas e instituciones antiguas con otras modernas, aconteciendo de esta manera una dualidad de disfuncionalidad que es evidente en la actualidad simplemente argumentando las largas esperas de atención de situaciones ad-hoc. Así, dentro de las primeras, subsiste entre nosotros el matrimonio indisoluble y la incapacidad, aunque ya no formal, de la mujer casada en sociedad conyugal. Renovado, en cambio, se muestra el nuevo estatuto filiativo igualitario, la ley de violencia intrafamiliar, la inclusión del principio del interés superior del niño, entre otros.

El avance que se ha logrado en la formulación de un nuevo Derecho de Familia adecuado a los compromisos asumidos por nuestro país a nivel internacional, se ha plasmado únicamente en el aspecto sustantivo, es decir, en cuanto a los derechos y deberes de los distintos miembros de la familia, a la regulación de las relaciones familiares y a las normas que tienden a proteger y a favorecer la vida familiar. En cambio, desde el punto de vista procesal, no se aprecia avance alguno. Es decir, el tratamiento judicial de los conflictos familiares no ha sido tocado por la tendencia modernizadora y menos por el exigente y cada vez más urgente manejo de los conflictos de este tipo en un mundo globalizado.[9]

Esta falta de concordancia entre los aspectos sustantivos y los procesales del Derecho de Familia, genera un efecto perverso: quita eficacia a los cambios introducidos en el primero y fortalece la percepción social en torno a que las reformas legales son asuntos meramente teóricos que sólo interesan a parlamentarios y a juristas pero que no alcanzan al ciudadano común que, enfrentado a la práctica judicial, no percibe cambio alguno.

La autora argumenta que la Comisión Nacional de la Familia, creada durante el gobierno del Presidente Aylwin, identificó este desequilibrio en su informe final del año 1993, al señalar que muchos de los problemas detectados en el orden familiar apuntan al acceso a la justicia. Entre los factores que inciden en la ineficacia del sistema judicial para resolver cuestiones que se promueven en el ámbito familiar, la Comisión señaló:

a) El atochamiento del sistema.

b) La gran dispersión de reglas, procedimientos aplicables y tribunales competentes en los asuntos de familia.

c) La inexistencia de tribunales especializados.

d) La preponderancia de la lógica adversarial para el tratamiento de los conflictos.

La Comisión planteó, además, como uno de los criterios que deberían orientar un proceso de modificaciones legislativas que recojan la multifacética y compleja realidad de las familias chilenas, la revisión de las normas procesales, las cuales deberían ser abordadas con un criterio de unidad, sobre la base de las particulares características de aquellas cuestiones de connotación familiar.

El conflicto familiar se caracteriza por la posición en que se encuentran las partes durante su desarrollo y una vez concluido. El que las partes tengan alguna relación jurídica previa al surgimiento de la controversia, no tiene nada de particular, desde que esta característica constituye, por ejemplo, la base de la responsabilidad contractual –aduce la autora-.  Dada las particularidades de la problemática familiar se impone la necesidad de buscar nuevos enfoques para su tratamiento que logren una debida correspondencia entre su naturaleza y la decisión jurisdiccional respectiva.

Ahora bien, dada la complejidad del tema en cuestión, el sistema  parental, marido y mujer en sus respectivos roles de padre y madre, se mantiene intacto de tal manera que la forma de intervención del órgano jurisdiccional será determinante para favorecer o por el contrario, entorpecer, la subsistencia del sistema parental.

En la concepción individual, propia de nuestro derecho, se favorece al individuo como centro de la imputación de derechos y obligaciones. Si a ello unimos una causalidad lineal, tenemos que siempre existirá una víctima y un victimario, un inocente y un culpable. De esta manera, se privilegia el litigio por sobre el acuerdo porque se trata, en último término, de defender derechos individuales afectados, relegando a un segundo plano el interés de la familia como unidad. La ley contempla sus resguardos para una familia rota, no para una familia transformada, de manera que de los padres sólo uno podrá seguir funcionando como tal, mientras el otro quedará relegado a la pobre categoría de visitante. Las decisiones, serán ahora reemplazadas por la sentencia del Juez.[10]

La mediación en estos casos dejaría en una situación aún más peligrosa a la víctima, normalmente la mujer, ya que el procedimiento al que se encontraría sometida no contempla los resguardos a sus garantías de seguridad, de igualdad ante la ley, de un recurso efectivo ante los Tribunales competentes, etc. Y ello no porque el procedimiento de mediación sea en sí deficitario en estos aspectos, sino porque no está pensado para asuntos de las características de la violencia intrafamiliar.

La Comisión de Familia introdujo una modificación importante: eliminó la posibilidad de conciliar posiciones en aquellas materias en que estuviere prohibida la mediación por tratarse de asuntos de estricto orden público que debían ser resueltos privativamente por los Tribunales.  La Indicación no recogió, como en otras materias analizadas, las modificaciones introducidas por la Comisión de Familia al Proyecto y simplemente, eludió referirse expresamente a la procedencia de la

conciliación en relación con la mediación, lo que lleva a la conclusión que la primera se regirá supletoriamente por las normas del Código de Procedimiento Civil (artículos 262 y siguientes), en la medida que se trate de materias susceptibles de transacción, y que procederá independientemente del tipo de mediación obligatoria, facultativa o prohibida, a que estuviera sometido el asunto.

La mediación es un importante desafío para todos los involucrados en el sistema jurisdiccional. Representa un salto desde la lógica de juzgar a la de interceder, desde aplicar la ley a considerar primordialmente los intereses en juego, desde evaluar a facilitar, desde ordenar a acomodar y desde decidir a conciliar. Para los jueces particularmente, plantea el desafío de no ver en ella una amenaza a su autoridad de dictar fallos y de hacer declaraciones normativas públicas. Para los abogados, el de no considerarla un peligro a su medio de trabajo que se traducirá en una baja en la demanda de sus servicios.  Para los mediadores, el de responder a las expectativas de eficiencia, cualitativa y cuantitativa, en la solución de las controversias. Para los ciudadanos en general, el de no sentir afectados su dignidad y honor al tener que reconocer sus errores o hacer alguna concesión –aduce Turner-.

 

 

[1] Evidentemente se refiere a la relación sexual obligada; pero más aún, se tienen antecedentes de que cuando ocurren estos hechos la relación sexual rara vez es satisfactoria para la mujer, lo que ella misma interpreta a través de la cosificación de su sexualidad.

[2] 1ª. Fase: Acumulación de tensiones; 2ª. Fase: Crisis o episodio agudo; 3ª. Fase: Conducta arrepentida, y 4ª. Fase o Luna de Miel..., y así, hasta que puede llegar el día en que nos encontramos ante un nuevo “femicidio”.

[3]Riveras Rodríguez, Claudia Andrea. Alumna de la Carrera de Licenciatura en Servicio Social de la Universidad Arturo Prat Sede Victoria.

http://www.monografias.com/trabajos30/violencia-intrafamiliar/violencia-intrafamiliar.shtml , pp. 5-6.

 

[4] En nuestro país, entre enero de 2001 y junio de 2007,  han sido asesinadas más de 300 mujeres. La mayoría de ellas a manos de hombres con quienes tenían o habían tenido relaciones de intimidad y confianza, y un número muy significativo a manos de desconocidos que las abusaron, violaron y asesinaron. Esta cifra ha sido construida en base a casos aparecidos en la crónica roja de la prensa y a la revisión de algunos expedientes judiciales, ya que no existen registros oficiales.

La calificación de los asesinatos de mujeres en los medios de comunicación y en la administración de justicia como ‘crímenes pasionales’ y la presentación de los agresores como ‘sicópatas’, impide reconocer patrones culturales patriarcales que han naturalizado y legitimado por siglos esta permanente violación a los derechos humanos de las mujeres.

El machismo y la violencia son una constante en la vida cotidiana de las mujeres tanto en el espacio público como en el privado. En los espacios laborales, educacionales y en las calles, las mujeres son víctimas de abusos sexuales, hostigamiento y violación. En sus relaciones afectivas, en el pololeo, en la convivencia de pareja y aún después de terminada la relación son víctimas de abusos, agresiones, violación. En la publicidad, en la televisión y en el cine las mujeres son estereotipadas, cosificadas y violentadas la inmensa mayoría de las veces. En la política, permanentemente descalificadas. Los malos tratos, la agresión, el hostigamiento o acoso sexual forman parte del continuo de violencia que afecta transversalmente a las mujeres y que, en su forma más extrema termina en el asesinato de muchas.

Dar visibilidad a los patrones culturales de dominación y control como forma de poder sobre las mujeres que subyacen a estas prácticas es condición para realizar las transformaciones sociales y culturales que nuestra sociedad necesita.

 

[5] Fuentes: Amnistía Inhttp://www.mujereshoy.com/secc_n/3761.shtmlternacional, 5 junio 2007.

[6] A la fecha existe la propuesta de considerar el “femicidio” como delito legalmente determinado, de manera que competa dentro del marco de la Ley de Violencia Intrafamiliar y no meramente dentro del concepto de parricidio, lo que otorgaría una mayor claridad ejecutoria al momento de determinar juicio y sentencia, entre otras razones.

[7] Ibid.

[8] Scientific Electronic Library Online

<http://www.scielo.cl/scielo.php/lng_es>

 

[9] Ibid.

LAS RELACIONES VIRTUALES

 

           Cuando hablamos de interrelaciones virtuales se hace referencia concreta a las relaciones sociales que se establecen a través de la red de redes, específicamente en el chateo, donde se compromete el concepto de realitas o realidad del paradigma moderno, en donde el concepto de interacción social mantiene indisoluble relación con el de intercambio social, de manera que el chatero percibe o siente la intensidad de las relaciones sociales que establece en su comunicación en un compromiso emocional. La percepción se traduce en aprehensión de vivencialidad, límite a la existencialidad en la relación sensorial de lo que se experimenta en la comunicación del chateo.

De esta manera, en términos de la intensidad de la interacción social, el usuario:
- Vive intensamente sentimientos y emociones;
- toma decisiones frente a las emociones internas que vivencia en la interacción del chateo;
- dedica tiempo constante al chat; perciobe con más o menos intensidad las relaciones establecidas en el chat;
- se plantea expectativas en las interacciones personales que se producen y se buscan.
- El usuario, además, percibe y vive cambios en su vida producto del chateo, utiliza otros medios de comunicación anexos que complementan la interacción, como el teléfono -principalmente-, vivenciándose igualmente sensaciones de compatibilidad o atracción entre las partes.
- Experimenta sensaciones de empatía transferida a través del texto de la conversación del chat, denominado compatibilidad o ciberquímica.
En cuanto el proceso de adicción y control a adicción al chateo, Chacón Calderón (2000) plantea que es un proceso de descontrol que los usuarios de internet pueden adquirir por su exceso de tiempo de nevegación en la red; los habituales a la red de redes y principalmente al chateo, tienden a sufrir síntomas de privación símiles a las adicciones tradicionalmente conocidas como obsesión, falta de control, negación del problema. Por lo general el mismo usuario de chat suele tomar medidas en la condición de adicto que va adquiriendo (se reconoce que este proceso no debiera durar un tiempo máximo de cinco meses; si es mayor, es preciso buscar ayuda profesional).

Ahora bien, el chateo como medio de comunicación social que re-crea la interacción social, está irredargüiblemente conectado al afecto y proceso de intercambio social.  En este pproceso, que pareciera ser más bien la búsqueda de adquisición de gratificación e utilidad intrínseca en la afectividad, se vivencian estados emocionales de diferente intensidad, que se refieren tanto a los cambios de actitud frente al chateo, a la percepción lúdica o de evasión; a la percepción de ampliación de mundo sociocultural; a la emocionalidad de la tempoespacialidad, que constituye una percepción interna en el usuario del paso del tiempo y del territorio o espacio en donde se encuentra.

Más aún, el sujeto como díada de cómputo (Morín, 1991) y egocentrismo, platea la autorreferencia como auto-exo-referencia, por cuanto al referise a sí mismo debe referirse al mundo externo, proceso constitutivo de la identidad subjetiva, de manera que en ese proceso el sujeto, en la intersubjetividad que promueve, sustenta y reafirma su en-sí y su en-mi, de suerte que re-adapta su piso de realidad de acuerdo a lo experiencial, más precisamente al cogito o conciencia, que es donde nos objetivamos nosotros mismos para resubjetivarnos en un bucle recursivo incesante (Op. cit. p. 81).  Así, en tanto la tempoespacialidad adquiere un carácter consustancialmente intrínseco a la percepción del sujeto en su proceso cognitivo, así la realidad se trasunta entre virtual y no-virtual en el chateo, de manera que lo real, concreto, aprehensible y determinante suele ser aquello que es palpable y constatable, objetivable en los términos racionales del concepto paradigmático de objetividad de la racionalidad moderna (No-Virtual o "real").  Y lo virtual suele devenir en aquello que es precisamente re-creado por el imaginario entificante del chateo, efecto de conciencia que el sistema del chat tiende a producir en el usuario,  que lo interna en un tiempo y en un espacio determinado en el proceso de interacción que está llevando.

En "El chat en internet: una nueva forma de interacción social".

 


pchc@chile.com

 

 

 

RENDIMIENTO ESCOLAR Y EL ENTORNO FAMILIAR

               (Breve extracto de trabajo realizado)

 

        El rendimiento escolar implica no sólo la exigencia de obtener las mejores mediciones evaluativas en los diagnósticos que el sistema educacional del país mantienen como sensores, sino que involucra todo un proceso analítico y conceptual, propuestas teóricas, discusiones permanentes y activas de especialistas del tema educacional, como del mundo social y político. 

        Las realidades socioculturales del país han cambiado ostensiblemente, de manera que la tradicional estructura familiar nuclear mencionada como el eje de la sociedad hasta hace unos años, ha variado.  La inclusión laboral de la mujer ha transformado la realidad sociocultural de la familia y la estructura parental tradicional, en razón de la independencia económica, la capacidad de toma de decisiones, autosuficiencia y autonomía de las mujeres madres, que se consideraban las grandes perpetuadoras de la cultura y tradiciones de la nación. 

Lo anterior daría cuenta de la existencia de segmentación en el sistema escolar, que de acuerdo con la evidencia obtenida hasta ahora, sería mayor a escala secundaria que para la enseñanza básica (Mizala y Romaguera, 2000; citado por Peña Barría, 2002).

En Chile la información disponible hasta el momento indica que existe una estrecha relación entre el nivel socioeconómico de las familias y el tipo de establecimientos que escogen los padres para sus hijos. Ello reflejaría que los alumnos no se distribuyen aleatoriamente entre colegios privados pagados, privados subvencionados (con y sin financiamiento compartido) y municipalizados. En tales términos, el sistema educativo como instrumento de reproducción social es un eje importante de considerar por cuanto considera planteamiento teóricos de gran relevancia en la lectura analítica de la educación y su relación con la sociedad.

  La consideración de los elementos analíticos del Capital social, Capital Cultural y Capital Humano[1] resulta de suyo pertinente por cuanto se trata de conceptos ampliamente procesados en el análisis y evaluación de la educación chilena y latinoamericana.   Se ha considerado la educación como uno de los elementos más importantes de salto social que el país posee, especialmente en el proceso de intercambio social, político y económico de la globalización.

Chacón Calderón (2010) plantea que abordar y contrarrestar el retraso formativo de la educación en relación a los denominados países desarrollados, ha sido una meta primordial de los gobiernos de la segunda mitad del siglo XX, principalmente período post segunda guerra mundial,  y el actual siglo XXI.  Precisamente porque la rapidez de los acontecimientos sociales obligó a los países latinoamericanos a adecuarse al paso de los procesos sociales,  políticos y económicos a nivel planetario.  De ahí que la educación comienza a ser estudiada, observada, analizada, para potenciar  el proceso educativo de lo que se consideraba el Tercer Mundo, hoy llamados “Países en Vías de Desarrollo”.

La postura y actitud dependentista de los latinoamericanos –plantea Chacón Calderón (2010)- retrasó de manera importante su inclusión en la competitividad del mercado mundial, por ende, en la competitividad educativa. Los países de América Latina fueron largamente sobrepasados por la realidad del avance tecnológico y sus exigencias cognitivas,  y el avance de los resultados de la educación que se impartía de manera evidentemente clasista[2] y prejuiciado por elementos ideológicos arrastrados del colonialismo no superado.

Cierto es que el desarrollo bio-psico-social de los seres humanos depende de factores genéticos y ambientales; no podemos obviar la importancia de la herencia en las capacidades individuales, pero el entorno familiar, social y cultural ejerce desde el nacimiento un decisivo papel que se plasma diariamente durante la infancia y adolescencia en el rendimiento escolar global.

  La escuela como institución  tiene como finalidad  que sus educandos adquieran conocimientos, habilidades e instrumentos, que los transformen y potencien en individuos socialmente productivos. Se puede decir que en la medida en que cada escolar tenga éxito en la etapa de formación escolar,  es que ha obtenido un mejor o peor rendimiento escolar.

El concepto de rendimiento escolar es difícil de delimitación, y puede considerársele desde diversas áreas del conocimiento, incluyendo el político. Evidentemente constituye un tema de preocupación social por cuanto se considera la Educación como el principal capital humano, en cuanto concebida como productora de capacidad de trabajo. En este sentido, es una inversión como cualquier otra, que es lo que  refiere la teoría del Capital Humano, actualmente muy connotada y prácticamente imposible de soslayar en esta temática.

Así, el rendimiento escolar se convierte en la variable fundamental de la actividad docente. En función de él, se programan los objetivos, contenidos y actividades de cada período escolar.

El rendimiento escolar es la resultante del complejo mundo que envuelve al estudiante: cualidades individuales (aptitudes, capacidades, personalidad,…), su medio socio-familiar (familia, amistades, barrio,…), su realidad escolar (tipo de Centro, relaciones con el profesorados y compañeros o compañeras, métodos docentes,…) y por tanto su análisis resulta complejo y con múltiples interacciones.

Aunque hayamos analizado el rendimiento escolar como el resultado de numerosos factores que inciden directamente en él, los estudios que ven en causas socioeconómicas o socioculturales el origen de la desigualdad en los rendimientos de los escolares son numerosísimos… (Morales Serrano et. al., 1999, p. 58).

 

 

Entre los autores que defienden la determinación sociológica o socioeconómica en el rendimiento escolar, podemos distinguir tres líneas o tendencias fundamentales:

En primer lugar, se ve al sistema educativo como un instrumento para la reproducción social,  cumpliendo con la misión de dejar a cada individuo en la posición que le corresponde en el sistema social. El rendimiento escolar es la manifestación de este hecho y son los pobres quienes más fracasan (Ibid).  Es decir, existe una estrecha  relación entre la “clase social” y el Rendimiento Escolar.

La segunda tendencia considera que es excesivamente amplia la clase social para explicar el diferente rendimiento del alumnado y prefieren indagar en estructuras más próximas al niño o la niña, como la familia, que es el ámbito de incultura primaria del niño, donde se encuentran las claves que explican su Rendimiento en el proceso educativo.

La tercera corriente, por su parte,  puede considerarse como síntesis de las dos anteriores, en tanto es verdad que el entorno más inmediato en el que se desarrolla el individuo es su familia, pero igualmente ésta se encuentra determinada por una serie de factores culturales, sociales, y económicos que la hacen pertenecer a una clase social o a otra, y, en tal sentido, también es válido lo señalado en la primera postura.  Uno de sus más preclaros exponentes es el sociólogo de la comunicación Basil Berstein.


 


[1] Brunner, José Joaquín; Elacqua Gregory:  “Capital Humano en Chile” Publicado conjuntamente por la   Universidad Adolfo Ibáñez y La Araucana, Santiago de Chile, 2003.

[2] Referido a la “actitud despreciativa hacia las clases sociales inferiores…, o a la parcialidad tomada frente a una clases social determinada”. (Diccionario de Sociología, 1ª. Edición, Buenos Aires; Valetta, 2003, p. 54).

 

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